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DANIEL ZOVATTO G.: Instituto Interamericano de Derechos
Humanos/ Editorial Jurídica Venezolana, Caracas/ San José, 1990.
El libro de Daniel J. Zovatto G. sobre Los Estados de Excepción y los
Derechos Humanos en la América Latina es una importante contribución a la
abundante literatura sobre el tema. La necesidad que han sentido
internacionalistas y constitucionalistas de analizar la intrincada regulación
jurídica de los estados de excepción, o de emergencia, fue función directa de la
frecuencia de los abusos y extralimitaciones, crueles y masivos por regla
general, de los regímenes dictatoriales del Continente en la aplicación de esas
normas, en flagrante violación de los derechos humanos universales y de la
Convención Americana de Derechos Humanos. Afortunadamente, en la
última década se ha operado un cambio favorable, con el retorno de la
democracia en la mayoría de los países de la región. Con todo, el respeto pleno
por los derechos humanos no está asegurado en las Américas, y el libro de
Zovatto tiene, por tanto, plena vigencia y actualidad.
El autor ha escrito mucho sobre cuestiones de derechos humanos en
América, tarea para la que lo califican sus funciones de Director Asistente del
Instituto Interamericano de Derechos Humanos y Director Encargado del
Centro Interamericano de Asistencia y Promoción Electoral. Es asimismo
profesor en las Universidades de Córdoba (Argentina) y de Costa Rica. El libro
es una versión condensada de una tesis doctoral, y está precedido por un
prólogo de Allan R. Brewer-Carias sobre las deficiencias legales de la
experiencia venezolana que siguió al febrerazo de 1989.
La Introducción y el Capítulo 1 se refieren en general al fenómeno de los
estados de excepción en la América Latina, la tan abusada "doctrina de la
seguridad nacional" y las principales violaciones de derechos humanos durante
los estados de excepción. El capítulo II examina la regulación jurídica
internacional de esos estados y los mecanismos internacionales de supervisión
en la materia. El sistema de garantías formales y materiales previsto en el
artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la labor de
los órganos internacionales de supervisión, tales como el Comité de Derechos
Humanos creado por ese Pacto, la Comisión de Derechos Humanos y la
Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y la Protección de las
Minorías, ambas de las Naciones Unidas, constituyen el tema del Capítulo III.
El alcance que debe tener la suspensión de garantías durante el estado de
excepción - la interpretación del artículo 27 de la Convención Americana de
Derechos Humanos - es analizada en el Capítulo IV, a la luz de las opiniones
consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esas garantías
incluyen recursos como el hábeas corpus, el amparo y otros, y la conclusión
ineludible es que en una democracia el estado de derecho no puede quedar
suspendido en su totalidad por la suspensión de garantías basadas en un estado
de emergencia. La labor desarrollada por los órganos existentes en el sistema
americano es de indudable relevancia en este orden.
El capítulo V contiene las recomendaciones del autor. Sus sugerencias se
refieren tanto a la dimensión global - los distintos órganos de las Naciones
Unidas - como a la regional - la Comisión y la Corte Interamericanas de
Derechos Humanos. Zovatto formula también sugestiones comunes a los
órganos de protección de ambos sistemas. En el Epílogo, completa sus
recomendaciones subrayando la necesidad de precisar con toda claridad el
sentido verdadero de los estados de excepción, tan desprestigiados por su
indudable abuso en la América Latina. Es menester, sostiene, mejorar la
eficacia de los sistemas de control en el ámbito jurídico interno, durante la
proclamación y aplicación de esos estados, y armonizarlos con las medidas de
control internacional. Una detallada bibliografía, incluyendo documentación
emanada de las Naciones Unidas y de los órganos interamericanos, completa el
volumen.
El tono general del libro no es optimista. Está claro para el autor que, sin
cambios de largo alcance en las condiciones sociales, políticas y económicas
existentes en el Continente, sin respeto por la regla del derecho y sin la
consolidación de regímenes democráticos y estables, los estados de excepción -
y el abuso de los mismos - continuarán imponiéndose en la América
Latina. El aspecto jurídico es sólo un fragmento del panorama total. La
institución de los estados de excepción fue concebida con vistas a la defensa de
la democracia pero fue usada con frecuencia para violarla o destruirla. Pero
ello no debe llevar a la pérdida de la confianza en la ley como instrumento para
asegurar la vigencia de los derechos humanos. De ahí la importancia de
introducir en la legislación ajustes y reformas para adecuarla a las necesidades
y a las realidades. El autor del libro comentado percibe en esa reforma una
tarea esencial del derecho internacional contemporáneo, del cual el derecho
interamericano es parte integrante.
No hay dudas de que en la América Latina de los años 90 los derechos
humanos están considerablemente mejor amparados que hace un par de
décadas. Pero las injusticias y la inestabilidad sociales, la falta de progreso
económico y la persistencia de los peligros del autoritarismo, del
intervencionismo militar y de la corrupción de regímenes gobernantes siguen
constituyendo una amenaza permanente. La gran pregunta es en qué medida,
cuando existe una situación de este tipo, los recursos legales constituyen una
real garantía para la defensa de los derechos humanos. En la ausencia de
emergencias exteriores, los estados de excepción fueron usados en el
Continente para ignorar y violar esos derechos. Por otro lado, no se puede
desconocer que existen estados de emergencia internos que pueden reclamar la
suspensión, parcial y temporaria, de algunos derechos. Es menester, pues,
encontrar el balance óptimo entre las necesidades de una sociedad amenazada
de veras, que debe proteger su estabilidad interna, y el riesgo, indudable, de
que determinados regímenes se aprovechen de una legislación adoptada con
otros fines para sojuzgar a la ciudadanía y violar normas básicas. El libro de
Zovatto ilumina este problema y contiene sugerencias útiles para encararlo.
| Natan Lerner |
Universidad de Tel Aviv |
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